Tras la ruptura, en muchas ocasiones la relación con nuestra expareja no es fácil, o simplemente es inexistente, y ello puede ser perjudicial cuando existen hijos comunes para cumplir con las medidas que se han adoptado en la sentencia dictada por el juez. No olvidemos que salvo excepciones los hijos tienen el derecho de relacionarse directamente con sus padres y mantener un contacto con ellos de forma regular.
Por este motivo, principalmente, se han creado los Puntos de Encuentro Familiar. Son espacios gratuitos destinados a hacer posible el encuentro entre el menor y el progenitor que no tiene su custodia, especialmente en los casos en que el cumplimiento del régimen de visitas sea difícil o conflictivo.
Esta intervención será de carácter temporal, siguiendo, en todo caso, las indicaciones que establezca la autoridad judicial competente.
En los Puntos de Encuentro, los progenitores pueden realizar:
Las visitas no van a necesitar siempre supervisión en el momento de su desarrollo, sino que dependerá de las necesidades de cada caso concreto y del riesgo e impacto emocional que pueden llegar a tener en el menor.
Hablamos, por tanto, de un servicio atendido por un equipo psicosocial, que persigue proteger al menor de un conflicto que no le pertenece y que puede repercutir negativamente en su desarrollo y en la formación de su identidad. Dicho equipo hará un seguimiento de cómo se desarrollan estas visitas, observando la interacción del menor y su progenitor. También podrán intervenir como mediadores cuando sea necesario llegar a acuerdos entre los padres en lo relativo al régimen de visitas. Dicho seguimiento y mediación se formalizará en un informe que se presenta en el Juzgado, y conforme indique el equipo psicosocial y el propio Juez dichas visitas podrán ampliarse o reducirse en beneficio del menor.
Se busca proteger el interés del menor, velando por la seguridad y el bienestar del mismo, es decir, dicho sistema se recomiendo ante situaciones como las siguientes:
De forma previa a la intervención, los profesionales se pondrán en contacto con los padres para concertar una entrevista y una visita al centro. El objetivo es crear un clima de confianza y seguridad, así como informar sobre las fechas y horarios y sobre cómo se van a desarrollar las visitas.
La dinámica suele ser la siguiente:
Las personas que ejercen su derecho de visita en estos centros deben aportar todos los bienes y objetos personales que sean necesarios según la edad del menor para que la visita se desarrolle con la mayor normalidad posible, como pañales, comida, ropa, juegos, etc.
Ya sea por finalización del plazo acordado, a propuesta del equipo psicosocial o bien por decisión judicial. En todo caso se deberá demostrar que las relaciones se han normalizado y que no existe conflicto entre los padres para seguir el régimen de visitas de forma independiente, o bien que tras los intentos realizados y dados los resultados, lo mejor para el menor es dejar de realizar dichas visitas.
En Baleares, los Puntos de Encuentro Familiares están ubicados en las ciudades de Palma, Inca, Mahón e Ibiza y dependen de la Consellería de Salud, Familia y Bienestar Social del Govern.
Para terminar, como ya hemos comentado anteriormente, el acceso al Punto de Encuentro viene determinado por orden del Juez, que puede darse bien en el momento de la separación o divorcio, o bien en cualquier modificación de medidas posterior motivada por un cambio de circunstancias que hagan necesario el uso de este servicio para el bienestar del menor.
Esperamos haber aclarado algunas dudas sobre lo que son los Puntos de Encuentro Familiar y para qué se utilizan. Si deseas más información o crees que necesitas acceder a un punto de encuentro puedes contactar con nosotros mediante el formulario que verás a continuación.
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